Micelio
Auto13 de agosto de 2015

A- de 2015

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Vasquez Leon Alvaro·Demandado Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Juez no le es dado declinar su competencia bajo el pretexto de hacer una adecuada aplicación de las normas atinentes al reparto
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre el Juzgado Segundo Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bogotá y el Juzgado Primero Laboral del Circuito de la misma ciudad.

Luego de reiterar la jurisprudencia constitucional que ha establecido que por la aplicación de normas de reparto establecidas en el Decreto 1382 de 2000 no se autoriza al juez de tutela a declararse incompetente, la Sala dirimió la controversia ordenando enviar el expediente al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Bogotá para que, asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la solicitud de amparo deprecada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 22 de junio de 2015 proferido por el Juzgado
  2. Primero. Laboral del Circuito de Bogota, en el cual decidio que no era competente por las reglas de reparto establecidas en el Decreto 1382 de 2000, para conocer la accion de tutela interpuesta por el senor Alvaro Vasquez Leon contra el Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio y la Secretaria de Educacion de Bogota.
  3. Segundo. REMITIR el expediente al Juzgado
  4. Primero. Laboral del Circuito de Bogota, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la accion de tutela de la referencia.
  5. Tercero. Por Secretaria General, COMUNICAR al Juzgado
  6. Segundo. Municipal de Pequenas Causas Laborales de Bogota, la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.